Página Principal

APOSTILLE
Convención de la Haya

GRAPH20.GIF (3183 bytes)

Ley 23.458
TRATADOS INTERNACIONALES-CONVENCION DE LA HAYA SOBRE EXIGENCIA DE LEGALIZACION DE INSTRUMENTOS PUBLICOS-AUXILIO JURIDICO INTERNACIONAL-LEGALIZACION DE DOCUMENTOS PUBLICOS EXTRANJEROS-INSTRUMENTOS PUBLICOS-APOSTILLE

Se encuentra vigente la Convención de la Haya de 1961 sobre legalización de documentos públicos extranjeros, con la denominada apostilla, la cual se debe anexar al remitirse documentos a los siguientes países, los cuales se han clasificado en:

  • PAISES SIGNATARIOS: ALEMANIA, AUSTRIA, BELGICA, ESPAÑA, FINLANDIA, FRANCIA, GRECIA, ITALIA, JAPON, LIECHTENSTEIN, LUXEMBURGO, MALAWI, NORUEGA, PAISES BAJOS, PORTUGAL, REINO UNIDO, SUIZA, TURQUIA, YUGOSLAVIA.
  • PAISES ADHERENTES: ARGENTINA, ARMENIA, AUSTRALIA, BELICE, CHIPRE, BRUNEL DARUSSALAM, EL SALVADOR, ESTADOS UNIDOS, HUNGRIA, ISLAS MARSHALL, ISRAEL, LETONIA, LIBERIA, MALAWI, MALTA, MEXICO, PANAMA, RUSIA, SAN MARINO, SEYCHELLES, ST K/NEVIAS, SUDAFRICA.
  • PAISES VINCULADOS: ANTIGUA Y BARBUDA, BAHAMAS, BARBADOS, BELARUS, BOSNIA HERZEGOVINA, CROACIA, ESLOVENIA, FIDJI, LESOTHO, MACEDONIA, MAURICIO, SWAZILANDIA, SURINAM, TOGA.

El procedimiento que debe llevarse a cabo para agregar la apostilla consiste en solicitar la misma en nuestra delegación, previo pago de arancel que asciende a pesos treinta ($ 30,00) de acuerdo a boleta que entrega la delegación y se efectiviza en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal Chiclana y Undiano de Bahía Blanca. Una vez abonado el mismo, el documento es legalizado por un notario legalizante y la apostilla por otro notario legalizante distinto al anterior.-

Los países citados hacen uso de dicho sistema, razón por la cual todo documento que recibamos para algún tramite notarial y proventa de ellos deben ser aceptados siempre que se le acompañe la apostilla correspondiente del país de origen.

Asimismo recordamos que en los casos de autorizaciones de viajes a menores de edad que viajen a la República Federativa del Brasil, la misma requiere legalización por parte del Colegio de Escribanos pero no legalización del Consulado de Brasil.- En los documentos a ser utilizados en la República de Chile deberán ser legalizados en la Delegación y luego remitirlo al Consulado Chileno local, sito en la calle Belgrano esquina Zeballos.-

Correo electrónico
Ante cualquier duda, consulta u otra inquietud no dude en escribirnos a:
delbahia@escribahia.org